En una sentencia, el alto tribunal establece que cuando un hombre pega a una mujer «es por sí mismo un acto de violencia de género».
La sentencia viene dada por el recurso presentado por un caso en el que el agresor fue absuelto puesto que la violencia entre la pareja fue recíproca.
El Supremo mantiene que, aunque podría valorarse en cada caso si hubo legítima defensa en las agresiones,pero que “no puede dictarse una sentencia absolutoria si queda constatada la agresión mutua”.
Por eso al agresor se le condena 6 meses de prisión con orden de alejamiento, y a la mujer con 3 meses también con alejamiento.