Rodrigo Lanza ha sido absuelto del delito de asesinato y ha sido condenado por homicidio imprudente grave.
Este ha sido veredicto del jurado popular que lo ha juzgado en la Audiencia Provincial de Zaragoza por el «crimen de los tirantes».
En el veredicto consta que la «causa más probable» de lesión causó la muerte a Laínez fue «caer a plomo al suelo e impactar la región lateral derecha de su cráneo contra el suelo» y no como consecuencia directa del golpe que le dio Rodrigo Lanza.
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El jurado no considera que Lanza actuara guiado por «el ánimo de causar la muerte» de Víctor Laínez sin que su intención «sólo era lesionar a Victorino Laínez, habiéndose causado su muerte por la imprudencia de Rodrigo Andrés Lanza».
No ha quedado demostrado que la víctima fuera atacada por la espalda y que no tuviera posibilidad alguna de defensa, lo que argumentaban las acusaciones para pedir alevosía y elevar la calificación del delito de homicidio a asesinato.
El homicidio por imprudencia grave se castiga con pena de prisión de uno a cuatro años.
Como se le suma el agravante de motivación ideológica, significa que esa pena se le deberá imponer en su mitad superior, es decir, se le impondrán entre 2,5 y 4 años de prisión.