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Europa valida el IRPH y abre la puerta a demandas por falta de transparencia que decidirán los jueces españoles

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El TJUE acaba de dictaminar que el IRPH a pesar de ser abusivo sean los jueces españoles los que caso por caso dictaminen si incumplieron la ley en los contratos firmados con los afectados.

El TSJE ha caminado en la misma dirección que el Abogado General pero le pasa la pelota a la justicia española desamparando a los consumidores afectados por este índice, que deberán de correr con los gastos de un litigio para reclamar la anulación de su índice si está en vigor, y lo propio para reclamar la cantidad cobrada de más si se extinguió el crédito/hipoteca.

El Tribunal Europeo determina que los jueces españoles deberán comprobar que las cláusulas que se firmaron fueron «de carácter claro y comprensible» y  «permitir que el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés». 

Con los contratos en vigor se podrá cambiar el índice  IRPH por otro legal como el Euribor si se gana el litigio.

El IRPH fue creado por la banca española y cuando estalló la crisis y el Euribor se desplomó, dicho índice siempre tuvo un comportamiento positivo, por lo que los afectados nunca tuvieron rebajas en las cuotas como los que suscribieron el contrato con el Euribor.

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