El Tribunal Supremo acaba de publicar la sentencia sobre los efectos económicos de la declaración de nulidad de la cláusula de gastos de los préstamos hipotecarios entre bancos y consumidores.
El Supremo sentencia que los gatos de tasación los pague el banco y no el consumidor cuando no se aplique Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
El TS resuelve que los gastos de la tasación del inmueble corran a cargo del la entidad y que se declaren nulas la clausulas que usan los bancos para imponer el pago de los gastos de formalización del presetamo hipotecario a los consumidores.
Se le reconoce a los consumidores el derecho a la restitución de todos los gastos como son el registro de propiedad, la gestoría y, ahora, también la tasación.
La responsabilidad de satisfacer el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados seguirá siendo del consumidor.