El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha dado la razón a un trabajador de la COPE que fue cesado por saltarse el decálogo de buenas prácticas de la compañía, y anula el despido de este.
El TSJ condena a la empresa a pagarle el sueldo que dejó de percibir desde la fecha del despido improcedente y le condena a reincorporar al trabajador.
La COPE despidió al trabajador por publicar una respuesta a un tuit que respondía a una publicación de ‘La Asociación de Abogados Cristianos’, que anunció una demanda contra Netflix por la producción ‘La primera tentación de Cristo’.
«Esta película burla la imagen de Jesucristo, presentándole como si fuera inepto y homose*ual». «Los delitos contra los sentimientos religiosos están tipificados en veintidós países de la Unión Europea de los cuales, catorce, conllevan penas más severas que en España», expresó la portavoz de Abogados Cristianos.
El tuit motivo de cese:
El trabajador respondió al tuit de Abogados Cristianos: «Pero si iba a todas partes con 12 maromos y su mejor amiga, como no iba a ser maric*n».
Días después el trabajador, que ejerce como técnico de sonido recibió una carta de despido por su tuit alegando que el mensaje es insultante y atenta contra su ideario y contra el Decálogo de Buenas Prácticas en Redes Sociales.
En la sentencia se hace constar que el trabajador no es columnista, redactor ni transmite opiniones de la cadena, por lo que su mensaje no supone ningún daño de imagen a la emisora.
El TSJ también dicta que la publicación se ha de enmarcar en un ámbito estrictamente privado como es el de la libertad de opinión y expresión.