Vicky Rosell, jueza y Delegada del Gobierno, ha sido entrevistada en el programa de la sexta ‘Más Vale Tarde’ para explicar por qué está atónita por la resolución judicial del juez García Castellón que pide TS que investigue a Pablo Iglesias.
El juez ha pedido que se impute al vicepresidente dentro delmarco del «caso Dina» por los supuestos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y denuncia falsa.
La jueza ha expresado que esto parece un nuevo caso «Alba» (condenado a 6 años por conspirar contra Vicky Rosell) y que Calvente no tiene credibilidad, y que jurídicamente tiene unos defectos de forma que le parecen «impresionantes».
«La gente no es tonta, sabe a quién perjudica y beneficia todo esto. El delito de denuncia falsa no se puede perseguir hasta que esté archivado el caso denunciado»
La jueza además elaboró un hilo en su cuenta de Twitter aportando más datos para justificar sus palabras:
1º El juez Gª Castellón abre proceso contra Villarejo y dos periodistas por delito contra la intimidad. Que NO es competencia de la AN. Lo era -auto AN 16.9.20-“la presunta organización criminal que vendía documentos, seguimientos e intervenciones telefónicas con abuso policial”.
La AN NO puede enjuiciar delitos que, sin esa organización criminal de Villarejo, NO son de su competencia, sino de un Juzgado Penal ordinario: art 65 LOPJ-. Delito del cual @PabloIglesias es una de las víctimas, por auto firme de su tribunal superior, que corrigió a dicho juez.
2º Auto de hoy: que el TS valore si la víctima de ese delito del art 197 es ¡a la vez! responsable del mismo, por apoderarse un tiempo de la tarjeta del móvil, o dañarla, o de denuncia falsa. PERO el C.Penal impide proceder por tales delitos sin dos condiciones ineludibles:
Art 201: el delito del art 197 requiere denuncia de la perjudicada contra Iglesias. No existe, y la Fiscalía ha pedido que constara si Dina le exculpaba. Art 456.2: la denuncia falsa requiere archivo firme del delito denunciado. Y no archiva, lo contrario: imputa a Villarejo.
El juez dice que “el TS oirá a Dina sobre si exculpa o perdona a Iglesias”. Es al revés: si no le denuncia, no hay caso que enviar al TS. Caso que debía haber instruido -y en su caso elevado al TS por los aforados, con la ley actual- un juzgado ordinario, no un JCI de la AN.
La “denuncia falsa” se fundamenta en la declaración de Calvente, que como abogado tiene deber de secreto profesional salvo defensa propia -no es el caso- que invalida la prueba, credibilidad aparte. Y manda a todo el equipo legal -incluidos no aforados- al TS, menos a Calvente.
Las “pruebas” de este caso me recuerdan al juez Alba: según la sentencia, logró engañar al TS para que admitiera la querella del ministro JM Soria contra mí, y mi dimisión. La ética afronta una lucha desigual contra la corrupción, pero no podemos poner en juego la democracia. pic.twitter.com/HkEmcwsRTK
— Mª Victoria Rosell Aguilar (@VickyRosell) October 7, 2020
La intervención de la jueza Rosell y delegada del gobierno en la sexta:
Leídas las 2 resoluciones del JCI 6 publicadas hoy, creo que es imprescindible una crítica jurídica de defectos de difícil explicación que he resumido en @MVTARDE . Por falta de competencia y de requisitos procedimentales que la gente debe conocer y valorar: (HILO 👇🏽) pic.twitter.com/MA8mIFDopa
— Mª Victoria Rosell Aguilar (@VickyRosell) October 7, 2020