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El Tribunal Constitucional declara el primer estado de alarma inconstitucional

El Tribunal Constitucional ha sentenciado que el confinamiento de la población y el resto de medidas derivadas del primer estado de alarma que decretó el gobierno en marzo de 2020 es inconstitucional.

Por 6 votos a favor y  5 votos en contra se ha tomado esta decisión después de que VOX presentara su recurso contra el confinamiento que tuvo lugar entre marzo y mayo de 2020.

Según avanzó el diario El Español, el TC aprobó por seis votos a cinco la ponencia del magistrado Fernando González-Trevijano, que consideró que se debería haber aprobado el estado de excepción, contemplado en el artículo 113 de la Constitución Española, para imponer esta restricción.

El magistrado admitió parcialmente el recurso de Vox, que expuso que para suspender los derechos fundamentales tal y como se hizo se debería haber decretado el estado de excepción y no el de alarma.

La sentencia no contempla la posibilidad de que se produzcan reclamaciones patrimoniales, algo que algunos juristas no han contradicho.

La primera consecuencia previsible de la decisión del TC sería anular las sanciones/multas impuestas durante ese periodo.